Guía sobre la Ciudadanía Italiana según la Ley 91/92 y la Circolare K.28
La Ley de Ciudadanía Italiana 91/92 establece en su artículo 1 que es italiano de nacimiento quien tenga al menos uno de sus progenitores con ciudadanía italiana. Este derecho se concede automáticamente a los hijos menores de edad, siempre que se solicite la inscripción en el registro A.I.R.E. (Anagrafe degli Italiani Residenti all’Estero) o la transcripción de las actas de nacimiento en el Comune de residencia.
En Italia, la ciudadanía se rige por el principio de iure sanguinis (derecho de sangre), no por iure solis (derecho de suelo). Esto significa que los descendientes de ciudadanos italianos son considerados italianos, siempre que ninguno de sus antepasados haya renunciado a la ciudadanía.
Requisitos para Reclamar la Ciudadanía
Para obtener el reconocimiento de la ciudadanía italiana como descendiente de italianos, es necesario reconstruir el árbol genealógico y aportar documentos civiles que prueben la ascendencia. La Circolare K.28, un decreto ministerial sin fuerza de ley pero con valor administrativo, establece los documentos necesarios para realizar la solicitud por vía administrativa (Consulado o Comune).
Documentación Requerida
- Del dante causa (el antepasado italiano):
- Acta de nacimiento italiana.
- Acta de matrimonio.
- Certificado de No Naturalización (si corresponde).
- De los descendientes:
- Actas de nacimiento y matrimonio.
- Del solicitante:
- Acta de nacimiento, matrimonio y, si aplica, acta de divorcio. Estas deben ser transcritas en el Comune correspondiente.
En casos donde el dante causa haya nacido antes de 1861, podría ser necesaria su acta de defunción para verificar que murió siendo italiano, dado que la reunificación de Italia ocurrió en ese año.
Sobre Documentos No Civiles
Si no se dispone de actas de registro civil, las actas eclesiásticas suelen ser aceptadas siempre que se demuestre que el registro civil no existía en ese periodo. El Código Civil, en su artículo 452, permite acreditar el nacimiento o fallecimiento mediante cualquier medio probatorio si los registros civiles han sido destruidos, perdidos o nunca existieron.
Rechazo de Documentación y Recursos Legales
En caso de que un Comune o Consulado rechace la solicitud por falta de documentación establecida en la Circolare K.28, es posible recurrir judicialmente. Una reciente sentencia del Tribunal de Casación (22 de mayo de 2024, n.º 14294) abordó un caso donde un Comune rechazó la solicitud de ciudadanía de un descendiente brasileño de italianos por la ausencia de un acta de nacimiento. La sentencia afirmó que la prueba de filiación puede realizarse mediante otros medios, como la posesión continuada de la condición de hijo, en línea con los artículos 236 y 237 del Código Civil.
Importancia de la Sentencia
El Tribunal de Casación, máxima autoridad judicial en Italia, estableció un precedente al admitir que, en ausencia de ciertos documentos, es posible demostrar la filiación y la ascendencia italiana mediante pruebas alternativas. Esto refuerza el derecho de los solicitantes a impugnar decisiones administrativas que vulneren sus derechos.
La Circolare 4338 estableció que la posibilidad de presentar documentación alternativa a la establecida por la circolare K. 28 es posible solo en vía judicial dado que la Administración Pública no puede interpretar la Ley sino aplicarla.
Consejos para Solicitantes
Si enfrentan un rechazo, es fundamental responder al preaviso di rigetto con argumentos legales sólidos, preferentemente a través de un abogado especializado. Si la administración persiste en su rechazo, se debe interponer un recurso judicial.
Evitar la acción legal o cambiar de Comune como solución debilita el sistema normativo y, por ende, nuestros derechos como descendientes de italianos. Defender estos derechos en instancias legales contribuye a un sistema más justo, inclusivo y progresista.
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